La UEFA multa al Barcelona para la Champions League
Lo que ocurrió en las gradas del partido contra el Mónaco le ha costado al club azulgrana una sanción económica que va más allá de tener que pagar.
El Comité de Control, Ética y Disciplina de la UEFA ha sancionado al FC Barcelona debido al comportamiento racista de sus aficionados durante el partido de la Liga de Campeones contra el Mónaco el pasado 19 (2-1).
Como resultado, el Barça no podrá vender entradas a sus seguidores para su próximo partido fuera de casa y deberá pagar una multa de 10.000 euros (10.600 dólares).
La decisión, anunciada este viernes, ejecuta una sanción que estaba suspendida desde el 17 de abril por incidentes racistas previos en los que participaron aficionados del Barcelona durante un partido contra el PSG en París.
Esto significa que los seguidores del Barcelona estarán vetados de asistir al partido del 6 de noviembre contra el Estrella Roja de Belgrado, correspondiente a la cuarta jornada de la Liga de Campeones, en aplicación del artículo 26 (3) del Reglamento Disciplinario de la UEFA.
Además, la comisión disciplinaria también impuso una multa de 10.000 euros (10.600 dólares) y prohibió nuevamente la venta de entradas a sus aficionados para otro partido más, aunque esta sanción queda suspendida por un periodo de prueba de un año a partir de la fecha de hoy.
La decisión está relacionada con los incidentes ocurridos en el estadio Luis II de Mónaco, donde aficionados del Barcelona exhibieron una pancarta negra con el mensaje "Flick Heil", una frase que recuerda al régimen nazi.
En abril, la misma comisión disciplinaria multó al Barcelona con 32.000 euros (34.000 dólares) por varios incidentes, incluyendo el comportamiento racista, el uso de bengalas y los daños causados por sus aficionados en el estadio del PSG. Esa multa incluía una prohibición condicional de vender entradas, que ha sido ejecutada ahora debido a la repetición del comportamiento racista.
La UEFA recordó que las sanciones suspendidas durante un periodo de prueba pueden ejecutarse si se comete una infracción similar en ese plazo, según lo establecido en el artículo 26 (3) de su normativa.